En el mundo financiero de hoy, donde las inversiones y estrategias económicas juegan un papel crucial en la estabilidad y el crecimiento de una nación, el mercado de Títulos de Tesorería (TES) emerge como un componente fundamental.
Recordemos que los TES son Títulos de Tesorería de renta fija, emitidos por el gobierno colombiano para financiar sus actividades, siendo una de las principales fuentes de financiación y la consideran una inversión segura, ya que están respaldadas por el gobierno. Los inversores compran los TES a cambio de un interés que el gobierno les paga al vencimiento.
En este escenario, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) han adquirido un protagonismo destacado, influenciando de manera significativa la dinámica y el funcionamiento de este mercado clave.
En 2023, las AFPs obtuvieron un rol fundamental ya que protagonizaron tres hitos importantes:
- Fueron el mayor comprador neto de TES con $33,8 billones de pesos.
- Se consolidaron como el mayor tenedor de estos títulos, con una participación de 29,4% en el total.
- Registraron su mayor año de compras de la historia.
Ahora, con la reforma pensional que se encuentra en debate en la Cámara de Representantes en este momento, cambiaria el escenario, uno de los cuatro pilares, más exactamente el pilar contributivo donde se encontraran los trabajadores dependientes e independientes que cotizan actualmente, empezarían a cotizar en Colpensiones sus nuevos aportes hasta 2.3 salarios mínimos (COP$2.990.000).
En la construcción de la reforma, se aprobó la creación de un fondo para ahorrar e invertir el dinero que le entraría a Colpensiones. Este fondo seria administrado por el Banco de La República el cual es un ente independiente al gobierno nacional y entraría a suplir una parte de las compras que realizaban las AFPs.
La medida disipa las dudas sobre el posible gasto del dinero por parte del gobierno, así como el impacto masivo en el mercado de capitales y en bonos de deuda pública TES con los que se financia el Estado.
Con respecto a las AFPs, mantendrían el dinero que poseen actualmente a excepción de las personas que tengan la posibilidad de Traslado, las cuales se encuentran a menos de 10 años de cumplir su edad de pensión (mujeres mayores de 47 años y hombre mayores de 52 años), tendrían hasta dos años a partir de la expedición de la ley para trasladarse de régimen privado a público. Adicionalmente recibirían las cotizaciones del excedente superior a los 2.3 salarios mínimos de los cotizantes con mayores ingresos.